A manera de despedida, se hizo presente el alcalde Vidal Piedrahíta, a la instalación del último periodo de sesiones ordinarias del concejo de año 2023.
El Alcalde agradeció a los concejales la disposición para hacer análisis serios a cada uno de los proyectos de acuerdo que se han presentado a la Corporación y con ello garantizar que en conjunto se tomen decisiones que generen beneficio a la comunidad bonaverense.
Indicó que, en este periodo de sesiones se presentarán proyectos claves para finalizar la presente vigencia, mismo que a la fecha aún no han sido radicado en la corporación entre los que se cuenta “el presupuesto para el año 2024 se presentará para que la nueva Administración pueda operar, así mismo presentaremos presupuesto de educación para definir un tema sensible con la comunidad como es el Programa de Alimentación Escolar y también estamos anunciando el proyecto de acuerdo que tiene que ver con el programa de incentivos tributarios para motivar el asentamiento empresarial en la Zona Económica y Social de Buenaventura”.
El mandatario también anunció que se llevará al concejo de nuevo el proyecto de reestructuración financiera. Sobre la necesidad de incluir por segunda vez a la Administración Distrital en el amparo de la Ley 1116 del 2006, dijo el mandatario el pasado mes que: “todavía no está descartado ese proceso. Estamos en eso porque necesitamos otro proyecto de acuerdo que nos debe firmar el concejo.
Aspiramos que el primero de octubre estemos haciendo la presentación del nuevo proyecto y que los concejales tenga a bien aprobarlo porque ya se hizo un acercamiento con ellos, de hecho, la gente del Ministerio de Hacienda estuvo contándole a los concejales los beneficios que traería el regreso al amparo de esta ley.
Se trata de un hecho importantísimo para mejorar las finanzas y el funcionamiento del distrito que realmente hoy es complejo, entonces la nueva administración se encontraría con un paso grande ya dado, y pues de eso se trata, de que uno salga de la administración y quienes reciban no tengan los padecimientos que nos tocó a nosotros”. Como se recordará, en julio de 2021 se realizó este ejercicio, sin resultado alguno.
ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Alcalde por el término de doce meses contados a partir de la fecha de sanción del presente Acuerdo, para presentar, negociar y suscribir un Plan de Saneamiento Fiscal y/o acogerse a un Acuerdo de Reestructuración de Pasivos tal como lo establece la Ley 550 (léase ley1116).
ARTÍCULO SEGUNDO. Otorgar facultar al Alcalde por el término de doce meses para determinar la estructura de la Administración Distrital y las funciones de sus dependencias; para modificar, fusionar, suprimir, o crear organismos y dependencias; para adoptar la planta de cargos del Distrito que sea acorde con sus posibilidades financieras.
ARTÍCULO TERCERO. Autorizar al Alcalde, para contratar nuevos empréstitos y/o reestructurar la deuda vigente; para sustituir garantías, otorgar contragarantías en forma amplia y, para celebrar los encargos fiduciarios requeridos para dar cumplimiento a los términos de la Ley 617 de 2000.
ARTÍCULO CUARTO. Los re cursos provenientes de las operaciones de crédito auto rizadas en el presente Acuerdo, se destinarán únicamente a financiar los conceptos del ajuste fiscal establecidos en el parágrafo del artículo 61° de la Ley 617 de 2000.
ARTÍCULO QUINTO. Autorizar al Alcalde para que haga los ajustes y cambios presupuéstales, incluyendo autorización para utilizar rentas de destinación específica dadas por acuerdo del Concejo para financiar el plan de ajuste que el Programa de Saneamiento Fiscal aprobado exija.
ARTÍCULO SEXTO. De la autorización para destinar rentas de destinación específica al plan de saneamiento se excluye el valor de las mismas que se encuentren comprometidas mediante titularización, contrato o convenio, y en tanto éstos se ejecutan.
ARTÍCULO SEPTIMO. Reorientar el uso de los recursos por el tiempo que sea necesario, y hasta la concurrencia de los mismos, a la financiación del Programa de Saneamiento.
ARTÍCULO OCTAVO. Facultar al Alcalde para que haga los ajustes presupuéstales que sean necesarios por efecto de la suspensión de las destinaciones específicas incorpora das en el presente Acuerdo y para destinar dichos recursos al saneamiento fiscal y financiero en el marco del Programa de Saneamiento Fiscal.