Inexequible estado de emergencia

Inexequible estado de emergencia

Inexequible estado de emergencia

La Corte concedió efectos diferidos a esta decisión por el término de un año, contados a partir de la expedición del Decreto No. 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua. Esto significa que la Corte tumba todos los decretos con excepción del que busca mitigar la problemática del agua potable en la Guajira.

Pero la alta corte no cerró por completo el caso, sino que, por el contrario, exhortó al Gobierno y al Congreso de la República a que se adopten las medidas necesarias para superar la crisis humanitaria estructural que existe en el departamento.
 
Eso significa que, mientras esta normatividad sale por completo del ordenamiento jurídico, seguirán vigentes los decretos que, en el marco de la emergencia, justificaron su publicación dada la crisis humanitaria que se advierte en el departamento por, entre otros motivos, la sequía producto del fenómeno climático. La Corte luego advertirá si son constitucionales o no.
 
El Estado de Emergencia intentó justificarse en el agravamiento de la situación en el que se encuentra La Guajira. La Corte Constitucional, en ese sentido, exhortó al Gobierno y al Congreso para que "adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira". Es decir, sin necesidad de un estado de excepción las autoridades deben trabajar por esa región.
 

La Corte Declara Inconstitucional el Decreto 1085 y su Impacto en los Subsidios de Energía en La Guajira

La crisis fue constatada por el mismo alto tribunal en la Sentencia T-302 de 2017, en la que se declaró el estado de cosas inconstitucional en La Guajira, dada la grave vulneración de los derechos humanos a la que está expuesta la población wayúu. En esa resolución, la Corte llamó a adoptar medidas concretas y hoy lo ratificó al declarar inexequible al Decreto 1085. Una medida muy importante con el decreto y que se cayó es la de los subsidios en materia de energía que estaban planteados. Ante esta coyuntura, muchos se han preguntado qué implicaciones tiene esta decisión sobre el alza que se había presentado en las facturas de energía, en los estratos 4, 5 y 6, por el cobro llamado “Aporte al departamento de La Guajira”.
 
Eso significa que este impuesto se cae, como también alternativas que había planteado el gobierno cómo: garantizar el goce del derecho fundamental a la salud a la población de La Guajira se requieren medidas legislativas para reorganizar la estructura y funcionamiento del sistema de salud en el departamento; medidas excepcionales que buscarán garantizar la financiación, comercialización, transporte, almacenamiento, venta o distribución de productos agropecuarios.
 



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